Gallery

header ads

Garantizan diputados el acceso a la justicia de las mujeres, con igualdad y respeto: Fermín

Dio a conocer el diputado federal del PRI por Acapulco las reformas legislativas en materia de justicia a las mujeres

 

Con las recientes reformas legislativas en materia de justicia a las mujeres, aprobadas en la Cámara de Diputados y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, se garantiza el acceso a la justicia de las mujeres en un contexto de igualdad y respeto a los derechos humanos, aseguró el diputado federal Fermín Alvarado Arroyo.

 

El integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LXI Legislatura Federal, dio a conocer una serie de reformas con las que se modifican tanto el Código Penal Federal como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

Subrayó que se eliminaron de la legislación penal aquellas figuras que vulneraban los derechos de las mujeres, como el estupro y el incesto, y se obliga al Estado Mexicano y sus tres niveles de Gobierno a que cumplan más de 40 instrumentos internacionales en materia de justicia a las mujeres.

 

Fermín Alvarado destacó uno de los aspectos más relevantes de estas reformas, que es la tipificación del delito de feminicidio con penas de 40 a 60 años de prisión, por tratarse de una conducta que a diferencia del homicidio reúne otras conductas como la violencia, lesiones, desprecio, odio a la víctima, discriminación; es decir, cuando se asesina a una mujer se hace con violencia, con desprecio y odio hacia la víctima, y entraña también circunstancias de discriminación.

 

El que haya tipificado el delito de feminicidio es también una respuesta al sinnúmero de asesinatos de mujeres por cuestiones de género que han quedado impunes, y también una respuesta a la cada vez más frecuente desaparición de mujeres que nadie quiere queden impunes.

 

Precisó Fermín Alvarado que se eliminaron figuras que detenían la posibilidad de que las mujeres accedieran a la justicia, como el estupro, el incesto, lenocidio, privación ilegal de la libertad con propósitos sexuales, que entrañaban la posibilidad de que tales delitos quedaran impunes en unos casos, y en otros que la no consideración de las penas con gravedad provocaran que salieran libres de la cárcel quienes los cometían.

 

En el caso del delito de estupro, se establece actualmente que comete ese delito quien obtenga cópula con una mujer menor de 18 años de edad pero mayor de 12 años, para que la conducta cometida contra menores siempre sea considerada violación, pues detrás del consentimiento bajo seducción o engaño lo que existe en realidad es violencia moral. Sobre el incesto, se reforma este delito con la finalidad de establecer que cuando se lleve a cabo esta conducta con menores de edad, sea considerada como típica de violación


Enviado desde mi oficina móvil BlackBerry® de Telcel

Publicar un comentario

0 Comentarios