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NIEGAN EN GUERRERO REGISTRO AL PARTIDO DE LOS POBRES



Durante la Cuarta Sesión Extraordinaria del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC), el consejo general formuló la resolución 008/SE/18-08-2014 relativa a la aprobación de los dictámenes emitidos de forma conjunta por la Comisión de Organización Electoral y la Junta Estatal, respecto a los resultados de la evaluación del desempeño realizada a los Consejeros y Presidentes de los 28 Consejos Distritales Electorales que participaron en el Proceso Electoral ordinario de Ayuntamiento y Diputados 2012.
Cabe señalar que los resultados de la evaluación no tendrán vinculación alguna con el derecho que tiene cada uno de los evaluados para poder participar en el procedimiento para la selección de Consejeros Distritales Electorales.
Por otro lado, el Consejo General aprobó la resolución 002/CPPP/18-08-2014 en donde ratifica no otorgar el registro a la organización política denominada “Partido de los Pobres de Guerrero” en virtud de que dicha organización no cumple el mínimo de asambleas requeridas por el artículo 32 fracción I de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero, toda vez que solo pudo acreditar que en 28 asambleas de las 30 requeridas asistieron al menos 200 afiliados inscritos en la Lista Nominal al día en que éstas se celebraron.

 Aunado a esto, otras deficiencias fueron detectadas durante su Asamblea Estatal Constitutiva a la que solo asistieron 23 delegados de los 30 necesarios para que dicha asamblea pudiera considerarse válida; en tanto que sus estatutos omiten diversas disposiciones relativas a los derechos de sus militantes e incluso limita derechos fundamentales como la libertad de expresión y el derecho a la información.
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