IEPC GUERRERO DECLARA
PROCEDENTE LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DEL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL.
Chilpancingo, Gro., 17 de
diciembre de 2015.- Durante la
Cuadragésima Cuarta Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto
Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC) emitió un informe relativo a los
informes anuales presentados por los consejeros estatales electorales, así como
por las comisiones permanentes y especiales de este órgano electoral.
En términos de lo previsto por los
artículos 190 de la Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Estado de Guerrero y del artículo 13 del Reglamento de
Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación
Ciudadana del Estado de Guerrero, los
Consejeros Electorales en forma individual y en su calidad de Presidentes de
las Comisiones, así como la Consejera Presidenta del Instituto Electoral,
presentaron, primeramente al interior de cada una de las comisiones que
presiden, sus correspondientes informes anuales del año 2015.
Asimismo, aprobaron un acuerdo mediante el cual se
ajustan los montos a descontar a los partidos políticos Nueva Alianza y
Encuentro Social, derivado de las sanciones impuestas por el IEPC Guerrero, con
relación a la revisión y análisis de los Informes Anuales del Ejercicio Fiscal
2014.
Al realizar los
respectivos ajustes de sanciones al Partido Nueva Alianza se le debe privar de
$344,758.11 (trescientos cuarenta y cuatro mil pesos, setecientos cincuenta y
ocho pesos 11/100 M.N.), y al Partido Encuentro Social de $21,957.08 (veintiún
mil, novecientos cincuenta y siete pesos 08/100 M.N.).
En esta sesión
extraordinaria se emitió una resolución relativa al procedimiento ordinario
sancionador, instaurado con motivo de la queja interpuesta por el C. Rubén
Cayetano García, representante del partido político MORENA, ante el Consejo
General, en contra del C. Héctor Antonio Astudillo Flores, ex candidato a la
gubernatura del Estado de Guerrero, por presuntas violaciones a la normatividad
electoral. El Consejo General del IEPC Guerrero declara infundada la mencionada
queja por presuntos actos violatorios del proceso y de la norma electoral
consistentes en promoción desmedida de mensajes y de su imagen personal.
Finalmente se presentó la resolución en la que se declara procedente la
solicitud de acreditación del Partido Encuentro Social ante el Consejo General
del IEPC; esto con fundamento en el artículo 134 de la Ley de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Estado de Guerrero que señala que “los
partidos políticos nacionales que no hayan obtenido el 3% de la votación válida
emitida en la elección local inmediata anterior, no tendrán derecho al
financiamiento público que otorgue el Instituto Electoral, no obstante que
conserven su registro en el Instituto Nacional. En este mismo supuesto el
Consejo General del Instituto Electoral hará la declaratoria de pérdida de la
su acreditación”. Así también señala que “después de la declaratoria emitida el
partido político nacional podrá solicitar nuevamente su acreditación en el
Estado”.
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