Baldemar Gómez Roque
Chilpancingo Gro, a 30 del 2016.-José Nava Mosso director General ejecutivo de Agencia Noticia Guerrero, fue demandado por el magistrado del Tribunal Electoral Emiliano Lozano Cruz por daño moral le exige un pago de 16 millones de pesos, por lo que el acusado rechazó en conferencia de prensa los señalamientos en su contra y advirtió que dicha demanda no procederá porque atenta contra la libertad de expresión y el derecho propio a la información, ya que él solamente difundió un video que ya se había dado a conocer en las redes sociales.
Director General ejecutivo de Agencia Noticia Guerrero José Nava Mosso, denuncio al magistrado, que el magistrado del tribunal electoral Emiliano Lozano Cruz, lo demandó a su persona a la agencia por daño moral, donde les exige un pago de 16 millones de pesos.
En conferencia de prensa, Jose Nava Mosso, dio a conocer que el pasado pasado 17 y 28 de noviembre se notificó donde emplazó a juicio el suscrito, a su persona y al H Ayuntamiento Municipal de Chilpancingo, luego a la Agencia de Noticias Guerrero, por una demandas civil.
Mismo que el magistrado del Tribunal Electoral del Estado, Emiliano Lozano Cruz el cual demandó a la ANG, ante el juzgado segundo de lo civil de primera instancia del Distrito Judicial de Los Bravo, dentro del expediente número 309/2016-II, las siguientes prestaciones:A). donde especifica la declaración judicial de que el suscrito ha incurrido en conductas ilícitas, luego dice que reparación del daño moral que sostiene le fue causado a su persona, honra, reputación y fama pública, pidiendo como pago la cantidad de $ 16´000,000.00 (dieciséis millones de pesos 00/100MN)).
Subrayó que suscribe que se haga la publicación de un extracto de la sentencia condenatoria en donde se dicte en el presente juicio donde se refleje adecuadamente la naturaleza y alcance de la misma, en el mismo medio informativo y electrónico en que tuvo lugar la difusión de la supuesta conducta ilícita que señala, y que refiere le causa un daño moral; D).- El pago de los gatos y costas que se generen con motivo de la tramitación el juicio.
Recordó Nava Mosso que el 2 de septiembre del año en curso tanto la Agencia Noticia Guerrero (ANG) como diversos medios locales y nacionales difundieron, en cumplimiento a una actividad periodística profesional un video de manera informativa, respecto a la una supuesta falta administrativa que estaba incurriendo el Magistrado, Emiliano Lozano Cruz, donde se advierte que fue detenido por policías municipales.
Dijo que ANG y el suscrito, jamás se confabularon con el H Ayuntamiento de Chilpancingo para causarles daño moral contra del magistrado, Emiliano Lozano Cruz; "porque la ANG y el suscrito nunca participamos en la filmación, edición y distribución del video referido por el magistrado".
Subrayó, que "la agencia ANG, como otros medios locales y nacionales, obtuvieron dicho video de las redes sociales, incluso se hace referencia en las publicaciones, que fue tomado a través de la red social, YouTube y otras redes sociales, pero, "jamás la ANG y el suscrito nos confabulamos con persona alguna para la filmación, edición o distribución del video, como falsamente lo señala el Magistrado, Emiliano Lozano Cruz".Dejo en claro en especificar que con la demanda civil de reparación de daño moral que pretende en contra de los aludidos, el magistrado, Emiliano Lozano Cruz, atenta contra la libertad de expresión, consagrados por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, e instrumentos nacionales e internacionales protectores de derechos humanos que garantizan la libertad de expresión, el libre ejercicio del periodismo y el derecho propio a la información.Preciso que el artículo 1760 párrafo V y VI del Código Civil del Estado de Guerrero, señala lo siguiente:
"No estará obligado a la reparación del daño moral quien ejerza sus derechos de opinión, critica, expresión e información, en los términos y con las limitaciones de los artículos 6 y 7 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos".
Y que es de señalarse que existe la declaración de principios sobre la libertad de expresión que fue aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en octubre de 2000, en el 108 período ordinario, de la cual el Estado Mexicano es parte y por lo tanto la adopto y que en su numeral 8º a la letra dice: Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales".
Dijo que el hecho del que se duele el Magistrado Emiliano Lozano Cruz, por propia versión de este constituye el hecho de haber sido detenido y video grabado en la vía pública, cometiendo una falta administrativa, "es decir el hecho motivo de su supuesto agravio tiene origen como el mismo lo refiere en su demanda en la vía pública y por una supuesta infracción al bando de policía y buen gobierno lo que conlleva a determinar y sostener que estamos ante un hecho que se gestó y genero de manera pública en la vía pública, hechos completamente ajenos al suscrito y a la ANG".
Y como consecuencia es de explorado derecho que no constituye a un atentado a su vida privada como pretende hacerlo ver, puesto que no se difundieron hechos propiamente de su vida privada, sino que fue un hecho derivado a una falta administrativa que él mismo cometió en la vía pública, finalizó.
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